Al invertir en Bienes Raíces en California el inversionista puede estar completamente seguro de que su inversión esta completamente GARANTIZADA.
Desde la localización de la propiedad, negociación y financiamiento, efectuando un completo estudio profesional, los servicios son proporcionados por un corredor de Bienes Raíces con amplio conocimiento y experiencia en la materia, que además esta respaldado por una BARRA o Asociación Profesional que sanciona su conducta y avala sus acciones. Existe una fianza de hasta 1 millón de dólares por asociado por errores y omisiones en que pudiera incurrirse voluntaria o involuntariamente. El desempeño de esta actividad profesional se efectúa a través de una Licenciatura y de requerimientos por parte del Departamento de Bienes Raíces del Estado de California para mantener estándares superiores de conocimiento a través de constantes cursos de actualización (Educación Continua).
La oficina de Escrow o notaria pública es la responsable de manejar con apego a la ley el cumplimiento de las obligaciones contraidas por el comprador y el vendedor en la transacción, actuando como una oficina neutral al servicio de las partes. (Ver “VIDA DEL ESCROW”).
En toda operación de compra-venta interviene una compañía Aseguradora de Títulos de Propiedad, que garantiza al comprador la originalidad de la personalidad del Vendedor y la legalidad del titulo de propiedad al nuevo dueño, así como la existencia de hipoteca que se obtenga (si es compra con crédito) a favor de la Institución designada. Estos records de registro son manejados por los Condados independientemente. El traspaso de propiedad cuando no exista hipoteca que transmitir se puede efectuar en menos de una semana. En el estado de California no existe el llamado “deficiency judgment”, quiere decir, que cada propiedad se considera un “negocio individual” para cada persona o empresa, no importando su condición ante otras entidades sean privadas o de gobierno.
Al termino de la operación de compra-venta, se obtiene también una póliza de seguro contra incendio, explosión y accidentes sobre la propiedad y sus ocupantes, que limita la responsabilidad del dueño a únicamente el deducible de dicha póliza (comúnmente $500.00 por unidad).